Consejo Superior de Deportes
Ayudas en el año 2026 para Asociaciones en el Ámbito del Deporte
- Quién convoca
- Consejo Superior de Deportes
- Ámbito
- Estatal
- Tipo
- Concurrencia competitiva - canónica
- Presupuesto
- 497.938,14 €
- Para
- Asociaciones y entidades
- Finalidad
- Educación
- Sector
- EDUCACIÓN; OTROS SERVICIOS
- Bases reguladoras
- Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes.
- Código BDNS
- 924669
- Registrada
- 12 ago 2026
Extracto oficial
BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 13 ago 2026
Primero: Beneficiarios.
Podrán adquirir la condición de beneficiarias de estas ayudas las asociaciones y sindicatos del ámbito del deporte estatal que no estén incluidas entre las entidades previstas en el artículo 6.1.e).3.º del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, y que cumplan los siguientes requisitos:
Estar legalmente constituidas como asociaciones o sindicatos cuyos estatutos incluyan al menos alguno de los siguientes fines:
Realización de actividades directamente relacionadas con la promoción de los derechos sociales de sus asociados/as o afiliados/as.
Ayuda o acompañamiento de la inserción social del asociado/a o afiliado/a.
Desarrollo de labores o estudios destinados al mejor conocimiento del deporte nacional o internacional.
Programas de apoyo en la gestión individual y/o compartida de sus asociados.
Estar inscritas en el registro administrativo correspondiente.
Los clubes deportivos no podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas en la Resolución.
Segundo: Objeto de la convocatoria.
La presente convocatoria tiene por objeto conceder ayudas a asociaciones y sindicatos de ámbito deportivo estatal, con excepción de las entidades incluidas en el artículo 6.1.e).3.º del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril. Estas asociaciones serán de deportistas y de otros colectivos, como entrenadores y técnicos, árbitros y jueces, preparadores físicos, entre otros, y deberán representar y desarrollar los intereses socioeconómicos del correspondiente estamento.
Serán subvencionables los gastos relacionados con proyectos de inserción laboral, programas de apoyo en la gestión individual y/o compartida y otros proyectos, programas o estudios de interés deportivo estatal o internacional realizados entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027, así como los gastos de funcionamiento general realizados durante el año 2026, en los términos previstos en la convocatoria.
Tercero: Bases reguladoras.
La concesión de subvenciones en esta convocatoria se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, y por la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.
Cuarto: Cuantía.
El Consejo Superior de Deportes destinará a financiar las ayudas convocadas un importe máximo de 497.938,14 euros del vigente presupuesto de gastos del CSD para 2026, con imputación a la aplicación presupuestaria 18.106.336A.483.10 “A asociaciones en el ámbito deportivo”.
La cuantía total concedida a una misma entidad beneficiaria no podrá superar los 50.000 euros.
Se establece asimismo un importe máximo de 5.000 euros para cada asociado/a, afiliado/a o destinatario/a de programas de apoyo directo.
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de este extracto de la convocatoria.
En virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección electrónica https://sede.csd.gob.es, mediante firma electrónica avanzada, en castellano y acompañadas de la documentación prevista en la convocatoria.
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4.b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del CSD.
La justificación por parte de las entidades beneficiarias del cumplimiento de la finalidad de la subvención y de la aplicación material de los fondos percibidos se llevará a cabo mediante una cuenta justificativa, que incluirá una memoria de actuación justif
Enlaces oficiales
- BDNSFicha en la BDNSinfosubvenciones.es (se abre en otra pestaña)
- BOEBases reguladorasboe.es (se abre en otra pestaña)
- BOEExtracto en BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADOboe.es (se abre en otra pestaña)
Comprueba requisitos y plazo en las bases y el extracto oficial antes de solicitarla.