Dirección General de Políticas Contra la Despoblación
Subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación, promovidos por entidades locales, durante el ejercicio de 2026
- Quién convoca
- Dirección General de Políticas Contra la Despoblación
- Ámbito
- Estatal
- Tipo
- Concurrencia competitiva - canónica
- Presupuesto
- 80.000.000.000 €
- Para
- Asociaciones y entidades, Ayuntamientos
- Finalidad
- Otras actuaciones de carácter económico
- Sector
- ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; CONSTRUCCIÓN; EDUCACIÓN; HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; OTROS SERVICIOS; TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
- Bases reguladoras
- Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, modificada por la Orden TED/1074/2025, de 24 de septiembre, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territor
- Código BDNS
- 931934
- Registrada
- 28 sep 2026
Extracto oficial
BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO · 6 oct 2026
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias, para actuaciones que se desarrollen en su ámbito territorial, las siguientes entidades:
a) Las entidades locales recogidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con excepción de las áreas metropolitanas.
b) Otras entidades locales, reguladas por la normativa autonómica, que tengan atribuidas las competencias y tengan la capacidad de gestión suficiente para desarrollar el proyecto para el que se solicita la subvención.
c) Las comunidades autónomas uniprovinciales, en el ejercicio de las competencias que corresponden a las diputaciones provinciales, y de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
d) Las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que todas las entidades agrupadas cumplan las condiciones de admisibilidad.
e) Los consorcios adscritos a la Administración Local, definidos en el artículo 118 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo. Objeto:
La presente orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2026, las subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación promovidos por entidades locales, que tengan estas características:
a) Los proyectos deberán aportar una visión integral del problema demográfico de la zona en la que se prevé que se desarrolle, tener en cuenta las diferentes perspectivas y, preferentemente, abordar respuestas transferibles para otras zonas rurales con problemas demográficos similares.
b) Los proyectos deberán tener como objetivo propiciar la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación, mediante la revalorización del espacio rural; y ello desde una dimensión socioeconómica, medioambiental y de género.
c) Los proyectos deben tener un contenido innovador para el territorio, de modo que promuevan el desarrollo y ejecución de nuevas actividades económicas, la generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los ya existentes.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación («BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 2021), modificada por la Orden TED/1074/2025, de 24 de septiembre, por la que se modifica la Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre («BOE» núm. 238, de 3 de octubre de 2025).
Cuarto. Cuantía:
El importe total máximo de las ayudas que se concedan en el marco de esta Orden será de 80.000.000,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las subvenciones convocadas por esta orden se podrán solicitar en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el «Boletín Oficial del Estado».
Enlaces oficiales
- BDNSFicha en la BDNSinfosubvenciones.es (se abre en otra pestaña)
- BOEBases reguladorasboe.es (se abre en otra pestaña)
- BOEBases reguladorasboe.es (se abre en otra pestaña)
- BOEExtracto en BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADOboe.es (se abre en otra pestaña)
Comprueba requisitos y plazo en las bases y el extracto oficial antes de solicitarla.